Beneficios de S.O.I.M.P.- O.S.P.I.M. – U.S.I.M.R.A.
° Para poder hacer uso de los servicios de la obra social se deberá contar con 176 horas trabajadas en el mes. En los casos de Jornada Reducida, por cualquier razón, los empleadores están obligados a calcular los aportes y contribuciones a la Obra Social sobre una base mínima igual a 8 horas diarias de labor y de acuerdo a la categoría del beneficiario titular, según el Convenio Colectivo de Trabajo y sobre 22 días mensuales o 176 horas mensuales (Art. 18 de la Ley 23.660 y Art. 92 3er párrafo).
° No corresponde la atención de la obra social en casos de accidente de trabajo o en la vía pública para ir o venir del trabajo; corresponde la atención total y todos los gastos al empleador. El operario accidentado tiene la obligación de hacer la denuncia en el Ministerio de Trabajo o en su defecto en la comisaría en un plazo no mayor de 30 días. El empleador esta obligado a radicarlo dentro de los 5 días.
° Corresponde la Obra social al titular y su grupo familiar primario (esposa e hijos)
° Para gozar de los beneficios que brinda O.S.P.I.M. es imprescindible la presentación del carnet que lo acredite como beneficiario y último recibo de haberes.
° Las Internaciones son totalmente sin cargo y con medicamentos (100%).
° En la compra de medicamentos en ambulatorio se realizará un DESCUENTO del 40% en GENÉRICOS SEGÚN VADEMECUM VIGENTE.
° 100% de Cobertura Total durante el EMBARAZO, PARTO y/o CESÁREA.
°PLAN MATERNO-INFANTIL: consiste en la cobertura del 100% de medicamentos. Para la Madre: durante el embarazo y hasta 30 días posteriores al parto. Para el Niño: hasta el primer año de vida. Para acceder a este beneficio la embarazada deberá solicitar al ginecólogo un certificado de embarazo en donde conste mes de evolución del mismo y fecha probable de parto. Este certificado deberá ser entregado en O.S.P.I.M. como también el Acta de Nacimiento en el caso del recién nacido.
° PROGRAMA DE CRONICIDAD: los afiliados que tienen enfermedades crónicas como por ej. Hipertensión, Insuficiencia Coronaria, Cardiopatía Isquémica, Diabetes, Asma, Epilepsia, Gota, Artritis, Glaucoma, entre otras tienen descuentos del 70% de medicamentos genéricos según vademécum vigente, en farmacias que trabajan con O.S.P.I.M. Para acceder a este beneficio los afiliados deberán retirar de la Obra Social una planilla especial que será completado por el profesional tratante, quien prescribirá los medicamentos necesarios para el tratamiento de tres meses.
° 100% Cobertura de Medicamentos durante el primer año de vida.
° 100% Cobertura en Internaciones Clínicas y Quirúrgicas.
° 100% Cobertura de Medicamentos durante la Internación.
° 100% Cobertura en medicamentos para discapacitados.
COMPLEJO RECREATIVO MADERERO “SAN JOSÉ OBRERO”
Ubicado en la localidad de Candelaria, cuenta con salón de fiestas, quinchos, playa de estacionamiento, baños/vestidores, piscina, juegos, canchas de fútbol, básquet y voley. Los afiliados al Sindicato tienen acceso gratuito al Camping con la sola presentación del carnet del S.O.I.M.P. actualizado.
Albergue
Los afiliados a este Sindicato que residen en el interior de la provincia, cuentan con este servicio cuando necesiten trasladarse a Posadas para recibir atención médica.
Requisitos: Ser afiliado al S.O.I.M.P y a la O.S.P.I.M., Presentar copia del documento de identidad y recibo de sueldo; no obstante, la aprobación siempre quedará supeditada al criterio y/o disponibilidad del SOIMP.
En el caso de afiliados a nuestro Sindicato, reservar las habitaciones con una anticipación mínima de 24 horas mediante comunicación telefónica especificando la cantidad aproximada de días que pretende hospedarse.
En caso de pertenecer a empresas madereras ubicadas fuera de la jurisdicción del sindicato de Posadas, presentar (sin excepciones) una nota de solicitud de hospedaje y/o derivación del Sindicato de la madera que corresponda, a la que se debe adjuntar copia del documento de identidad y recibo de sueldo.
Colaboración en compra de insumos ortopédicos (no cubiertos por la obra social) con la presentación del carnet del S.O.I.M.P. y O.S.P.I.M., recibo de sueldo, cotización autorizada por esta organización gremial previamente a la compra, original de la factura y pedido del médico.
Colaboración en la compra de lentes recetados (no cubiertos por la obra social) por presupuesto, con la presentación del carnet del S.O.I.M.P. y O.S.P.I.M., recibo de sueldo, cotización autorizada por esta organización gremial previamente a la compra, original de la factura y receta del médico.
Entrega de Guardapolvos y Kits de Útiles Escolares
Todos los años se distribuyen guardapolvos y útiles escolares entre los hijos de afiliados. Para acceder a este beneficio se debe presentar fotocopias del último recibo de sueldo y de los boletines escolares o bien constancia de alumno regular o constancia de inscripción.
Turismo
Los afiliados que deseen pasar las vacaciones de verano en los hoteles de U.S.I.M.R.A., podrán hacerlo abonando por adelantado una suma mínima preestablecida, publicada próximo a la fecha de inicio de temporada. Dichos hoteles son:
– JUAN DOMINGO PERÓN de Mar del Plata
– LAGO de Villa Carlos Paz (Córdoba)
– PARQUE de Río Ceballos (Córdoba)
Requisitos:
Datos de las personas que viajarán, fotocopia de último recibos de sueldo. Consultar disponibilidad y reservar las tandas con anticipación especificando el hotel al que prefiera ingresar.
ALOJAMIENTO GRATUITO por seis (6) días al afiliado que contraiga matrimonio, en los hoteles:
– JUAN DOMINGO PERÓN de Mar del Plata
– LAGO de Villa Carlos Paz (Córdoba)
– PARQUE de Río Ceballos (Córdoba)
Requisitos:
Datos personales de los contrayentes, fotocopia del acta de matrimonio, último recibo de sueldo donde consten los descuentos del seguro de vida y sepelio, cuota sindical y obra social.
Programa Cunas
En caso de nacimiento se otorga una cuna funcional con colchón.
El Seguro Colectivo de Sepelio contratado por la USIMRA, aplica para todo el personal en actividad encuadrado en CCT 335/75, 245/75, 247/75 Y 252/72, y para su grupo familiar primario de acuerdo a la Ley 23.660 – Art. 9.
Personas alcanzadas por el beneficio:
A) El cónyuge y/o conviviente del trabajador titular.
B) Los hijos solteros hasta los 21 años, no emancipados.
C) Los hijos solteros mayores de 21 años y hasta los 25 años inclusive, siempre y cuando estuvieren a cargo “exclusivo” del trabajador titular, y que cursen estudios regulares oficiales reconocidos por la autoridad competente.
D) Los hijos incapacitados y que estuvieren a cargo del trabajador titular, mayores de 21 años, los hijos del cónyuge, los mayores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa, y que fueran oportunamente denunciados como personas a cargo y que conste en el recibo de sueldo el aporte adicional correspondiente.
Incluye las siguientes prestaciones:
SERVICIOS PARA MAYORES DE 7 AÑOS:
SALA VELATORIA – ATAUD y BÓVEDA: color caoba, nogal o natural, con o sin caja interior metálica, válvula para formol, soldadura, mortaja, herrajes imitación plata vieja, con 8 manijas y placa identificatoria.
CAPILLA ARDIENTE O CAPILLA VELATORIA ESPECIAL: con crucifijo, Cristo Eucarístico o Estrella de David, velas eléctricas o a gas, un coche porta-corona; una carroza fúnebre motorizada, 2 coches de acompañamiento, licencia Registro Civil para inhumación, tramitación Municipal y 2 copias del acta de defunción legalizadas, traslado del cadáver desde el lugar donde se produzca el fallecimiento, hasta el lugar del velatorio no superando una distancia mayor a 30 Km y su inhumación efectuada dentro del radio urbano del domicilio del velatorio, la cual se ajustará a las exigencias imperantes en la localidad, en lo que respecta al uso de vehículos.
Este servicio incluye el ataúd de medidas extraordinarias (super-medida), cuando las características físicas del extinto lo hagan necesario.
Será decisión de los deudos del fallecido, la inhumación del cadáver en tierra, nicho, panteón o bóveda ajustándose a las disposiciones municipales del lugar de inhumación.
SERVICIO PARA NIÑOS DE 1 MES A 7 AÑOS:
SALA VELATORIA, ATAUD BÓVEDA, herrajes compuestos por seis manijas, resto del servicio igual que para mayores.
SERVICIO PARA NIÑOS NACIDOS MUERTOS Y HASTA 30 DÍAS:
ATAUD OVALADO, un coche para el traslado al cementerio, licencia de inhumación, tramitación municipal, 2 copias de acta de defunción legalizada y retiro del cadáver desde el lugar donde se produzca el fallecimiento, no superando una distancia mayor a los 30 Km.
Seguro de Vida
Corresponde ÚNICAMENTE EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL TITULAR. Consiste en una ayuda económica a actualizarse periódicamente, para auxiliar económicamente a los familiares directos de trabajadores fallecidos. (Art. 32 Bis CCT 335/75) (CONSULTAR VALORES VIGENTES)